Llegó al Municipio la notificación oficial de la justicia platense, obligando a que en el término de tres días se entregue agua en bidones a los vecinos que presentaron un amparo a raíz de la contaminación del agua, en una ración que no puede ser inferior a los 200 litros mensuales.

En el mismo documento oficial, el Juzgado Civil y Comercial N° 6 de La Plata, a cargo del Dr. Juan José Oliveira, establece que “La Municipalidad de Lobos deberá hacer entrega de agua potable, en bidones, a todas las escuelas, clubes deportivos y centros de salud del partido de Lobos, previo relevamiento e identificación de los mismos, en un plazo de 5 días”.

Y ordena la justicia que en forma bimensual se efectúe análisis del agua que se distribuye en el partido, que comprenda todos los parámetros físicos, químicos y bacteriológicos, informando los resultados de esos análisis al Juzgado, a los medios de comunicación locales, y a los usuarios por medio de las boletas de cobro del servicio.

La justicia considera viable la presentación cautelar de los vecinos, y en consecuencia obliga a la entrega del agua dentro de las disposiciones del artículo 982 del Código Alimentario Argentino, es decir 10 microgramos de arsénico por litro y libre de agrotóxicos.

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