El Juez de Faltas Municipal, Doctor Silvio Canosa, emitió un fallo prohibiendo a los comercios que brindan servicio de cobranza extra bancaria, percibir cargos adicionales al monto que deben cobrar.

En la parte resolutoria del fallo expresa textualmente: “ordenar como medida preventiva la prohibición del cobro por parte de comercios y/o empresas que prestan servicio de recaudación de cobranzas extra bancarias por cuenta de terceros, de cualquier cargo, recargo o plus por el servicio brindado”.

Y en el punto segundo solicita a la Dirección de Inspección General que proceda a notificar a los comercios de la medida dispuesta.

Explicó Canosa que “resolvimos un expediente elevado de la Dirección de Defensa del Consumidor del Municipio, a partir de quejas y denuncias de varios vecinos por esta práctica que era habitual, el cobro de un cargo mayor que el que tenían que abonar quienes utilizaban el servicio del pago extra bancario”.

“Lo que dictamos es una medida cautelar para evitar que se sigan cobrando estos plus hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión”, precisó Canosa.

Además, sostuvo que “estos comercios reciben un porcentaje de la factura que cobran, a través de un contrato en el que está establecida la ganancia que les corresponde. En el análisis que hicimos hemos establecido una conducta abusiva para con los consumidores usuarios, por eso decidimos tomar esta medida preventiva”.

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